¿Qué es la violencia familiar?

Violencia familiar es toda acción u omisión ejercida por un integrante del grupo familiar contra otro que produce un daño no accidental en lo:

• Físico: dañando la integridad corporal de la persona;

• Psíquico: degradando o controlando las acciones, comportamientos, creencias y decisiones de otras personas por medio de intimidación, manipulación, amenaza directa o indirecta, humillación, aislamiento, etc. Se considera comprendido el incumplimiento del deber o del derecho de un adecuado contacto con los hijos no convivientes, medie o no resolución judicial previa, como la negativa a brindar información sobre la identidad de una persona por parte de un familiar o presunto familiar.

• Sexual:  obligando a una persona a mantener contacto sexualizado, físico o verbal, o a participar en otras interacciones sexuales con una persona, mediante el uso de la fuerza física, amenaza, chantaje, soborno, manipulación o cualquier otra conducta que anule o limite la voluntad personal.

• Patrimonial: realizando una acción que implique pérdida, transformación, sustracción, destrucción, retención de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, derechos o recursos económicos, destinados a satisfacer necesidades que conlleven un riesgo de daño inminente en la salud física o psíquica o la vida de algún miembro del grupo familiar. Queda comprendido el incumplimiento de los deberes de asistencia alimentaria

¿Dónde puedo denunciar un hecho de violencia familiar?

Afortunadamente, los lugares para denunciar son varios y están repartidos por la ciudad. Se destacan:

• Comisarías.

• Centro de Orientación a la Víctima de Delitos Sexuales (Comisaría de la Mujer): Italia 2153 PA, Tel. 4728523.

• Centros Territoriales de Denuncias: Uriburu 637; Mendoza 3538; Av. Francia 4435 o Provincias Unidas 150 bis; que funcionan de lunes a viernes, de 8 a 20 horas.

• Unidad de Información y Atención a Víctimas y Denuciantes del Ministerio Público Fiscal:  Balcarce 1651, Tribunales Provinciales de Rosario, que funciona de lunes a viernes, de 7 a 20 horas. La ventaja de denunciar en esta oficina es que se da intervención al juez de familia inmediatamente.

Requisitos para realizar la denuncia

Para denunciar un hecho de violencia familiar es elemental que haya un vínculo familiar, actual o pasado. Se incluye en el ámbito de la familia a las relaciones provenientes del matrimonio o de uniones de hecho, haya convivencia o no.

Se necesita que la persona que denuncia sea capaz. En caso de ser menor o incapaz, necesita estar acompañado de sus padres, tutor o de un Defensor.

La violencia a denunciar debe ser actual, contínua grave. Esto se exige en base a que deben judicializarse conflictos que no pueden resolverse entre las dos personas.

Los vecinos o personas que descubran ocasionalmente un caso de violencia pueden realizar la denuncia. Los servicios asistenciales, sociales y educativos, públicos o privados; los profesionales de la salud, y todo otro funcionario que en razón de sus funciones accedan al conocimiento de una situación de violencia familiar, – luego de asistir a la víctima – están obligados a denunciar

¿Qué puedo solicitar cuando realizo la denuncia?

El juez interviniente, al tomar conocimiento de los hechos denunciados,  podrá adoptar de inmediato alguna de las siguientes medidas:

• Ordenar la exclusión del agresor de la vivienda donde habita con el grupo familiar.

• Prohibir el acercamiento del agresor al lugar donde habita la persona agredida y/o desempeña su trabajo y/o en los establecimientos educativos donde concurre la misma o miembros de su grupo familiar

• Disponer el reintegro al domicilio a pedido de quien ha debido salir del mismo, por razones de seguridad personal.

•Decretar provisoriamente cuota alimentaria, tenencia y derecho de comunicación con los integrantes de la familia

• Toda otra medida que el juez considere procedente (como un cese de hostigamiento o una audiencia)

 

¿Cuál es el procedimiento una vez hecha la denuncia?

Si la denuncia fue realizada en una comisaría o centro territorial de denuncias, se debe comparecer en tribunales para prestar una nueva declaración. Si, por el contrario, fue hecha en Comisaría de la Mujer o en la Unidad de Información y Atención a Víctimas y Denunciantes en Tribunales, no hace falta prestar una nueva declaración y solo se debe comparecer en tribunales a los fines de dirigirse al juez de familia que se le indica.

Si el juez concede alguna de las medidas solicitada, va a otorgar tres oficios, es decir, tres copias de las medidas donde se detalla quien la solicita y a quien se dirige. El denunciante debe llevar un oficio a la comisaría de su barrio, otro a la comisaría del barrio del agresor para que se lo notifique (en caso de que comparta comisaría con el denunciante el oficio se hará en duplicado y no en triplicado) y el tercer oficio debe conservarlo la víctima y llevarlo siempre consigo, así como darle fotocopias a las instituciones a las que va, como a su familia, su escuela, su lugar de trabajo, etc.

Algunas aclaraciones respecto a la medida concedida

Si el denunciante pierde la orden o se la destruyen, se puede obtener una copia en el juzgado que se la concedió, sin necesidad de volver a denunciar. También debe dirigirse al juzgado si quiere aclarar o modificar algún dato, mediante un Defensor o su abogado particular.

La prohibición de acercarse a la persona es recíproca: esto quiere decir que, así como el denunciado no puede acercarse al denunciante, tampoco se puede hacer a la inversa, porque también se estaría cometiendo un delito.

La medida no caduca por el paso del tiempo, sino que queda sin efecto si el juez o lo dispone o si la persona retoma el contacto con el agresor.

¿Qué pasa si el agresor no respeta la medida?

Se deben realizar dos pasos de manera obligatoria:

1) Llamar a la policía si se acerca: tanto a la comisaría más cercana, como al 911, al personal de la GUM, al personal de seguridad de un comercio, etc.

2) Denunciar el incumplimiento: este paso es fundamental, dado que es la forma de anoticiarle al juez el delito de incumplimiento, para ayudar a que siga vigente la orden. Esta denuncia se puede realizar en los centros territoriales de denuncias o en el Ministerio Público de la Acusación, sito en Montevideo 1968.

Alternativas rápidas para actuar en caso de violencia familiar

• Si tenes un celular con sistema Android, podés descargar gratis la aplicación del Gobierno de Santa Fe llamada «Botón de Alerta» haciendo click aquí.

• Si querés tramitar un botón de pánico, lo debés hacer en la Secretaría de Promoción Social, que depende de la Municipalidad de Rosario, ubicada en Santa Fe 638, de lunes a viernes de 8 a 14.

• Ante una emergencia podés llamar a los números 137 o 144, de manera gratuita; o al Télefono Verde (0800-4440420), que brinda asesoramiento sobre violencia familiar y está a cargo de la Municipalidad de Rosario, de lunes a viernes de 8 a 19 hs.

• La Municipalidad de Rosario  recomienda tener siempre a disposición y en lugar seguro documentación propia y de los hijos, medicación básica, llaves de la casa, una muda de ropa, agenda con números telefónicos y tarjeta de transporte.